Corte protege datos personales: prohíbe anotar estado civil en actas de nacimiento
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó la invalidez de una disposición que obligaba a autoridades del Registro Civil de Jalisco a incluir anotaciones sobre matrimonio y divorcio en las actas de nacimiento. Con efectos generales, el Pleno consideró que esta práctica implicaba una exposición innecesaria de datos personales, al revelar información sobre el estado civil sin una justificación proporcional.
En su resolución, el máximo tribunal señaló que dicha medida vulneraba derechos fundamentales como la privacidad, la protección de datos personales y el principio de no discriminación, al permitir que terceros accedieran a información sensible que no resulta indispensable en este tipo de documentos oficiales.


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