Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal – Jorge Reyes Pastrana

El 16 de junio se publicó en la Gaceta del Gobierno el decreto 333 de la LXII Legislatura por el que se expidió la Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México y por el que con dicho propósito se derogó el Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México “De la Conservación de la Vida Silvestre” y se reformaron el Código Penal del Estado de México, la Ley de Justicia Cívica del Estado de México y sus Municipios, el Código Civil del Estado de México, la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y la Ley de Educación del Estado de México.

La Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México consta de los capítulos referentes a las generalidades, a la competencia, a la participación ciudadana y el Consejo Ciudadano de Protección y Bienestar Animal, al Fondo para la Protección a los Animales del Estado de México, a los centros de control y bienestar animal, a la cultura y educación para la protección y cuidado a los animales, al trato digno y respetuoso a los seres sintientes, a los animales de compañía, al Registro Único de Animales de Compañía y de la Clave Única de Registro, a los animales de trabajo y fines deportivos, a los animales de exposición, exhibición o de espectáculo, al transporte y traslado de animales, al comercio de animales, a la experimentación con animales, al sacrificio humanitario de animales, a la denuncia, inspección y vigilancia, a las medidas de seguridad y a las sanciones.

  • La Jornada Estado de México
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