La debida diligencia como expresión de responsabilidad institucional – Fernando Díaz Juárez
La debida diligencia es un concepto que, con el paso del tiempo, ha trascendido el ámbito en el que originalmente fue concebido para adquirir un significado propio dentro del derecho y de las instituciones públicas. Actualmente forma parte del lenguaje habitual de los derechos humanos, de la actividad jurisdiccional y de los estándares internacionales de protección; sin embargo, sus antecedentes se encuentran en un contexto distinto al jurídico.
En sus orígenes, la noción de debida diligencia estuvo vinculada principalmente al ámbito empresarial y corporativo cuya finalidad consistía en asegurar que quienes tenían a su cargo la conducción de una organización contaran con información suficiente para la toma de decisiones, identificaran riesgos previsibles y adoptaran medidas orientadas a proteger las actividades, productos y servicios bajo su responsabilidad, sin contravenir los derechos humanos. Se trataba, en esencia, de un deber de previsión, evaluación y gestión responsable.


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