El T-MEC y el Imperativo Anticorrupción – Fernando Díaz Juárez

El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) no es únicamente un acuerdo de intercambio comercial, incluye un estricto código de conducta institucional. A diferencia de tratado que sirvió con antecedente (TLCAN de 1994), este acuerdo colocó la integridad pública en el centro de la competitividad a través de su Capítulo 27 (Anticorrupción). En el contexto actual de revisiones y consolidación comercial, este marco legal se convierte en una directriz obligatoria que vincula directamente a las autoridades mexicanas en todas sus dimensiones.

Las disposiciones del tratado exigen que los Estados parte mantengan medidas efectivas para tipificar y sancionar conductas delictivas como el cohecho activo y pasivo, el soborno internacional, el desvío de recursos y la malversación de fondos. Al firmar y ratificar este instrumento, el Estado mexicano comprometió de manera concurrente a los tres niveles de gobierno (federal, estatal y municipal) y a los tres Poderes de la Unión (Ejecutivo, Legislativo y Judicial).

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