Derecho de petición puede ejercerse en redes sociales: SCJN

El derecho constitucional de petición sí puede ser ejercido mediante las redes sociales, definió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al otorgar un amparo a un ciudadano que solicitó información sobre el presupuesto público al ayuntamiento de Guadalajara, Jalisco, el cual ahora estará obligado a responder por la misma vía.

El fallo aprobado, presentado por el ministro Mario Pardo Rebolledo, señala que las “peticiones formuladas a una autoridad a partir de la plataforma Twitter sí encuentran protección en el artículo 8 constitucional, siempre y cuando exista confirmación de que: a) la respectiva autoridad es titular de la cuenta a partir de la cual se formulan dichas peticiones, y de que b) a partir de la misma realiza actos de interacción con la ciudadanía”.

https://www.jornada.com.mx/2023/02/02/politica/009n2pol